¿Es legal la apicultura urbana en España?
La normativa en España relativa a la instalación de colmenas y a la distancia que deben tener con los núcleos de población no permite a día de hoy la apicultura urbana. A pesar esta traba, se están llevando a cabo experiencias piloto aunque el movimiento que reclama un cambio legislativo es cada vez más fuerte
La sociedad normalmente va por delante las leyes y las normas.
Los legisladores suelen detectar un problema, una realidad o una conducta que se va generalizando poco a poco y a partir de ahí redactan las regulaciones oportunas. Un ejemplo muy claro fue lo que ocurrió con la proliferación de las nuevas tecnologías.
Sus ventajas y también sus peligros y amenazas pillaron con el paso cambiado a los legisladores y tuvieron que ir a rebufo haciendo lo que buenamente podían. Algo parecido ocurre con la apicultura urbana.
Esta nueva tendencia está llegando a España sin que exista una ley que la permita como tal. Precisamente es lo que demandan sus defensores.
Como explicamos en el post correspondiente a la legislación de la apicultura, esta actividad está regulada en el Real Decreto 209/2002 de 22 de febrero que cada comunidad autónoma, al tener trasferidas las competencias en materia agrícola, se ha encargado de desarrollar.
Esta norma está únicamente diseñada para la apicultura de carácter profesional en el medio rural. Por ello establece en su artículo 8 que los asentamientos apícolas, es decir, las colmenas, tienen que colocarse a al menos 400 metros centros urbanos y núcleos de población; a 200 metros de carreteras nacionales; a 100 metros de viviendas rurales habitadas y otras instalaciones pecuarias; a 50 metros de carreteras comarcales; y a 25 metros de caminos vecinales.
Si tenemos en cuenta estas indicaciones, sería totalmente imposible la práctica de la apicultura urbana en cualquier ciudad española.
Muchos se preguntarán que si la ley no permite el desarrollo de esta actividad cómo es posible que haya experiencias de apicultura urbana en algunas urbes.
Como todo en la vida, existen matices. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid está vigente el Decreto 45/2015, que hace una aclaración en el artículo que relata las distancias de las colmenas.
La norma asegura que los ayuntamientos madrileños podrán conceder permisos de instalaciones apícolas siempre que tengan el visto bueno de la Cámara Agraria Local y de las asociaciones de apicultores y además, y lo que es más importante, podrán “ampliar o disminuir” las distancias de las colmenas “por razones de interés”.
A este artículo se agarra el colectivo Miel de Barrio para pedir que los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid permitan la proliferación de la apicultura urbana.
De hecho ya se han concedido algunos permisos, aunque sólo se trata de experiencias puntuales para desarrollar diversos talleres.
Algo parecido ocurre en la ciudad de Barcelona, donde su ayuntamiento ha movido ficha en este sentido y puede convertirse en el primero en legalizar la apicultura urbana.
De momento, ha permitido la instalación de colmenas en el Museo de Ciencias Naturales. Otra experiencia puntual que puede ser el inicio de algo mucho más grande.
La situación en España contrasta con la de otros países, donde la apicultura urbana es totalmente legal.
Sin duda un buen espejo en el que mirarse al comprobar que esta actividad se lleva a cabo sin ningún tipo de problemas. Y no estamos hablando ni mucho menos de ciudades pequeñas con poblaciones reducidas.
Los ejemplos son de peso: París, Nueva York, Londres, Melbourne, Montreal, Berlín, Tokio… De momento faltan Madrid y Barcelona, así como el resto de ciudades españolas, pero todo parece indicar que la apicultura urbana ha llegado para quedarse y las autoridades no pueden ser ajenas a ello.
5 respuestas
Por desgracia hemos ido hacia atrás….la ley mencionada esta derogada por otra:
Decreto (Disposición Autonómica)
Decreto 35/1985, de 8 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la normativa reguladora de la actividad apícola en el territorio de la Comunidad de Madrid (BOCM de 18 de Mayo de 1985)
derogada por:
Decreto 45/2015, de 30 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la normativa reguladora de la actividad apícola en el territorio de la Comunidad de Madrid(BOCM de 6 de Mayo de 2015)
Muchas gracias por tu comentario Dani!
Hemos revisado y efectivamente había que actualizar a la que nos indicas…hemos incluido el enlaze tb a la última tb 😉
un saludo y gracias de nuevo!
Urnas tardes: me gustaría apoyar de alguna forma la apicultura urbana . ¿Hay algún proyecto o fórmula para intntentarlo.? Gracias
Gracias por tu visita y pregunta FLorisela, ¿dónde está ubicada? un saludo!